PRIMERO. BENEFICIARIOS Y REQUISITOS. Podrán solicitar estas ayudas: las comunidades de propietarios, propietarios e inquilinos o arrendatarios del edificio contando con la autorización por escrito del propietario de la vivienda, cuyos inmuebles estén ubicados en el Municipio de Peñaranda de Bracamonte. Las viviendas deberán tener al menos 30 años de antigüedad y cumplir los requisitos previstos en las Bases. Las obras deberán estar finalizadas antes del 31 de diciembre de 2025. SEGUNDO OBJETO. Incentivar la realización de obras de conservación de fachadas del municipio de Peñaranda de Bracamonte, mediante ayudas a los propietarios de los inmuebles pertenecientes a una comunidad de propietarios o a los propietarios de viviendas para subvencionar parcialmente el coste de las obras que se realicen. TERCERO. CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN: Las ayudas se financian con cargo al presupuesto del año 2025, siendo el crédito total de 25.000 euros. El reparto total del crédito previsto en la partida será repartido entre los beneficiarios, siguiendo los criterios de baremación previstos en las Bases, no pudiendo la cuantía máxima de subvención superar los porcentajes establecidos en las bases según la ubicación del inmueble ni de 6.500 euros (por comunidad de propietarios o propietarios o inquilinos). CUARTO. EFECTOS. Se extienden los efectos de la presente subvención a las solicitudes de obras de pintura y arreglo de fachadas, que hayan obtenido licencia municipal (o declaración responsable) y hayan sido realizadas durante el ejercicio 2025. CVE: BOP-SA-20250702-012 https://sede.diputaciondesalamanca.gob.es/BOP/ BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SALAMANCA D.L.: S 1-1958N.º 125 • Miércoles 2 de Julio de 2025 Pág. 66 QUINTO. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. Las solicitudes se presentarán en modelo de instancia genérica, publicada en la Web municipal https://www.bracamonte.es/, adjuntando la documentación complementaria requerida en las Bases. El plazo de presentación será desde día siguiente a la publicación del anuncio de la subvención en el Boletín Oficial de la Provincia hasta el 15 de noviembre 2025 (inclusive). JUSTIFICACIÓN SUBVENCIÓN. La justificación de la subvención deberá efectuarse antes del día 31 de enero del año 2026.
















