El Ayuntamiento de Peñaranda prepara una primera remesa de 60 inmuebles para que lleven a cabo la Inspección Técnica de Edificios (ITE) obligatoria. En total son 226 inmuebles los que tendrían que pasar la ITE pero hasta el 31 de diciembre del 2025 solamente deberán realizarlo estos primeros 60 ya que los servicios técnicos del Ayuntamiento no pueden atender ahora mismo esas 226 solicitudes en apenas año y medio. El arquitecto Andrés Ferri, desde su despacho en plena plaza de España peñarandina, explica para NOTICIAS A TIEMPO algunos detalles más sobre ello.
-Peñaranda ha iniciado ya el proceso de las Inspecciones Técnicas de Edificios, ¿nos puede explicar en qué consisten?
-Se trata de una revisión periódica que deben pasar los edificios. Por hacer un símil médico, se trata de un chequeo para conocer el estado de salud del edificio.
En el caso concreto de Peñaranda, esta obligación afecta sólo a los edificios residenciales plurifamiliares, es decir, están excluidas las viviendas unifamiliares. La primera inspección debe producirse a partir del año siguiente de cumplir 40 años desde su finalización o desde su rehabilitación integral, si fuese el caso. Desde ese momento la ITE debe realizarse periódicamente cada 10 años. Los puntos de revisión se centran en el estado de conservación de la edificación, la accesibilidad, la eficiencia energética y las instalaciones del edifico.
-Para los propietarios de esta primera remesa de edificios que deben afrontar el trámite, ¿cuál es el procedimiento a seguir?
-Deben dirigirse a un técnico competente, que en este caso debe ser arquitecto o arquitecto técnico. Además de emitir el informe del resultado de la inspección, el técnico se encarga de toda la tramitación administrativa derivada del expediente: Registro en el Ayuntamiento, gestión de las tasas correspondientes, etc… De esta manera se facilita la tarea a los propietarios.
-¿Cuál es el trabajo de un arquitecto como es su caso a la hora de hacer una ITE?
-Nuestra tarea fundamental es visitar el inmueble para chequear los puntos de inspección que exige la Ordenanza. Posteriormente, esos datos son evaluados por el arquitecto, quien emite un informe normalizado a través de las herramientas informáticas habilitadas por la Junta de Castilla y León.
-¿Qué ocurre en el caso de que el informe sea desfavorable?
-En ese caso, la comunidad de propietarios debe, en un plazo máximo de 3 meses, presentar en el Ayto. la Licencia o Declaración Responsable que les habilite para la ejecución de las obras que subsanen las deficiencias que motivaron ese resultado. Finalizadas esas obras, el técnico emitirá la ITE favorable por un periodo de 10 años.
-¿Qué recomendaría a la hora de encargar una ITE?
-Es fundamental que los propietarios planifiquen la realización de la inspección con antelación. De esta manera, en caso de resultar desfavorable contarán con el mayor tiempo posible para plantear adecuadamente las obras de subsanación.
-¿Qué otros servicios presta su empresa?
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