El artículo 46 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, sobre regulación de la jornada de trabajo, jornadas especiales y descansos, establece que serán inhábiles para el trabajo retribuidos y no recuperables, hasta dos días de cada año natural con carácter de fiestas locales que por tradición le sean propias en cada municipio, determinándose por la autoridad laboral competente (a propuesta del Pleno del Ayuntamiento correspondiente) y publicándose en el Boletín Oficial de la provincia. En los 33 pueblos de nuestra comarca las fiestas locales serán las siguientes:
ALARAZ 17 de abril y 14 de septiembre
ALCONADA 29 de junio y 4 de diciembre
ALDEASECA DE LA FRONTERA 15 de mayo y 16 de agosto
ARABAYONA DE MÓGICA 3 de febrero y 30 de octubre
BABILAFUENTE 3 de febrero y 16 de agosto
BÓVEDA DE RIO ALMAR 30 de junio y 18 de septiembre
CAMPO DE PEÑARANDA (EL) 12 de junio y 28 de diciembre
CANTALAPIEDRA 29 de mayo y 8 de septiembre
CANTALPINO 15 de mayo y 16 de agosto
CANTARACILLO 2 de mayo y 16 de agosto
CORDOVILLA 21 de julio y 24 de julio
HUERTA 24 y 25 de agosto
MACOTERA 16 de agosto y 8 de septiembre
MALPARTIDA 10 de junio y 25 de agosto
MANCERA DE ABAJO 3 de julio y 7 de diciembre
MORÍÑIGO 13 de junio y 4 de diciembre
NAVA DE SOTROBAL 13 de junio y 29 de septiembre
PALACIOSRUBIOS 2 de febrero y 4 de agosto
PARADINAS DE SAN JUAN 17 de abril y 15 de mayo
PEDROSO DE LA ARMUÑA (EL) 14 de julio y 25 de agosto
PEÑARANDA DE BRACAMONTE 22 de febrero y 29 de septiembre
POVEDA DE LAS CINTAS 5 de agosto y 9 de octubre
RÁGAMA 7 de agosto y 9 de octubre
SALMORAL 16 de agosto y 14 de septiembre
SANTIAGO DE LA PUEBLA 24 de abril y 24 de julio
TARAZONA DE GUAREÑA 13 de mayo y 29 de septiembre
TORDILLOS 13 de junio y 8 de septiembre
VENTOSA DE RÍO ALMAR 31 de agosto y 1 de septiembre
VILLAFLORES 28 de agosto y 11 de noviembre
VILLAR DE GALLIMAZO 29 de mayo y 1 de agosto
VILLORIA 17 de abril y 8 de septiembre
VILLORUELA 29 de mayo y 17 de julio
ZORITA DE LA FRONTERA 28 y 29 de septiembre